viernes, 6 de agosto de 2010

Cataluña y las leyes que de verdad importan

Mientras el Estatuto hace de pantalla, en el Diario Oficial de la Generalitat se publican lo que de verdad construye un Ordenamiento pleno. En el del pasado día 5 se dan a conocer dos normas de gran calado: El Código de familia, integrado en el ambicioso proyecto de Código Civil catalán (creo que ya sólo les falta la parte de oblgiaciones) y Ley de Régimen Jurídico de la Administración catalana, que es la LRJPAC  de dicha Comunidad --en muchos aspectos la reproduce y sigue su esquema (a pesar de lo ciritcado que fue en su día por casi toda la doctrina)-- aunque también mezcla elementos que en el ámbito estatal se recogen en otras normas adminsitrativas (como la elaboración de disposiciones generales o lo referente a los entes instrumentales).

Me gusta más la labor hecha en el derecho privado con su Código Civil, donde la doctrina ha podido hacer --al fin-- un ejercicio de modernización, criba y aclaración del farragoso y anticuado derecho civil tradicional y común. Si alguien no entiende una institución en el Código Civil de toda la vida, lo mejor es que la busque en el catalán, donde se explican con un lenguaje actual y bajo esquemas mentales (esto es básico) también actuales.

Debe tomar nota al respecto el legislador estatal, aunque con un proyecot más amplio --en la medida de su competencias-- dando vida no a un código civil, sino a un necesario Código de derecho privado a la italiana, aunque, ya digo, adpatado a gente que se ha crecido con la PlayStation (para esa generación y venideras lo del "censoenfitéutico" tal y como aparece en el código actual, que es tal y como lo formularon los romanos, es iincmprensible. Natural por otra parte).

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